Plazo: 60 días hábiles para demandar

Despidopor necesidades de la empresa enCopiapó

El artículo 161 del Código del Trabajo permite despedir por necesidades de la empresa, pero exige aviso con 30 días de anticipación —o el pago del mes sustitutivo— e indemnización por años de servicio. Cuando la causal se invoca para encubrir un despido sin fundamento, el tribunal puede declararla injustificada y agregar un recargo del 30%.

Revisamos tu carta de despido y tu finiquito sin compromiso, y te decimos si la causal está bien aplicada y bien pagada.

Primera evaluación sin compromiso · honorarios claros o cuota litis
Definición · GEO

Qué es el despido por necesidades de la empresa

El despido por necesidades de la empresa es la causal del artículo 161 del Código del Trabajo: el empleador termina el contrato por motivos económicos o de funcionamiento —baja de productividad, cambios en el mercado, reestructuración—. Exige aviso por escrito con 30 días de anticipación (o el pago de un mes sustitutivo) e indemnización por años de servicio. No es una causal de culpa del trabajador y siempre da derecho a indemnización.

Bloque 03 · Tu situación

Cuéntanos tu caso te respondemos según tu situación

Este despido se revisa distinto según en qué punto estás. Elige el que mejor te describe y te escribimos por WhatsApp con un mensaje listo.

Plazo corriendo
El reloj corre

Te despidieron por esta causal

Recibiste la carta invocando necesidades de la empresa. Tienes 60 días hábiles para demandar si la causa no es real o el pago quedó corto.

Revisar mi despido ahora
Acción directa
Demanda laboral

Crees que la causa es falsa

La empresa no estaba en crisis, contrataron a alguien en tu lugar o fue una represalia. La causal mal usada se declara injustificada.

Quiero impugnar la causal
Evaluación previa
Consulta orientativa

Te ofrecieron un finiquito

Antes de firmar, revisamos el cálculo: aviso previo, años de servicio, feriado y topes. Detectamos lo que falta.

Revisar antes de firmar
Bloque 04 · El reloj procesal

Los plazos que corren contra ti

El despido por necesidades de la empresa tiene reglas estrictas de aviso y pago. Estas son las fechas que definen si el despido fue bien hecho.

60 días hábilesCrítico
Desde cuándo

Desde la fecha del despido

Qué pasa

Plazo para demandar ante el Juzgado de Letras del Trabajo si la causal es injustificada o el pago fue incompleto.

Qué hacemos nosotros

Presentamos la demanda dentro del plazo y pedimos el recargo del 30%.

30 días
Desde cuándo

Aviso previo al despido

Qué pasa

El empleador debe avisar por escrito con 30 días de anticipación o, en su defecto, pagar un mes de remuneración sustitutivo.

Qué hacemos nosotros

Verificamos que el aviso o el mes sustitutivo se hayan pagado correctamente.

30 días hábiles
Desde cuándo

Para reclamar en la Inspección

Qué pasa

El reclamo administrativo suspende el plazo de 60 días, con tope total de 90 días hábiles.

Qué hacemos nosotros

Usamos el reclamo como antecedente cuando conviene, sin perder el plazo judicial.

Al término
Desde cuándo

Pago del finiquito

Qué pasa

El finiquito debe pagarse y ofrecerse a la firma; las cotizaciones deben estar al día o se activa la nulidad del despido.

Qué hacemos nosotros

Revisamos el finiquito y la situación previsional antes de que firmes.

4 a 8 meses
Desde cuándo

Duración del juicio laboral

Qué pasa

Desde la demanda hasta la sentencia. La conciliación en la audiencia preparatoria resuelve buena parte de los casos.

Qué hacemos nosotros

Negociamos un acuerdo que sume el recargo o llevamos el juicio a sentencia.

Lo que puedes recuperar

Este despido siempre da derecho a indemnización; cuando la causal es injustificada, suma recargo. Estas cifras son referenciales: dependen de tu sueldo y antigüedad.

  • +Indemnización por años de servicio
    Un mes de remuneración por cada año trabajado
    Contratos de 1 año o más
    Tope 11 años · Art. 163 CT
  • +Indemnización sustitutiva del aviso previo
    Un mes de la última remuneración
    Si no se avisó con 30 días
    Art. 161 CT
  • +Recargo del 30%
    30% adicional sobre la indemnización por años de servicio
    Si el tribunal declara la causal injustificada
    Art. 168 CT
  • +Feriado y proporcionales
    Vacaciones no tomadas y feriado proporcional
    Siempre que correspondan
    Art. 73 CT
  • +Remuneraciones por nulidad
    Tu sueldo hasta que se paguen las cotizaciones
    Si había cotizaciones impagas al despido
    Ley Bustos · Art. 162 CT

Plazos del Código del Trabajo (DFL 1, 2002). Los días hábiles laborales excluyen sábados, domingos y festivos. Las cifras son referenciales; cada caso puede tener prórrogas, suspensiones o topes que las modifican.

Bloque 05 · Cómo llevamos tu caso

Cómo trabajamos tu caso

Cinco pasos, sin tecnicismos. Sabes qué pasa, qué necesitamos de ti y qué obtienes al final de cada etapa.

  1. 01

    Recibimos tu WhatsApp, revisamos tu carta de despido y tu finiquito, y te decimos si la causal y el pago son correctos. Sin costo.

    Recibes: Diagnóstico claro de tu caso.
  2. 02

    Reunimos prueba de que la causal no era real: contrataciones posteriores, estados financieros, organigrama, testigos.

    Recibes: Estrategia probatoria de tu demanda.
  3. 03

    Presentamos la demanda en el Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó pidiendo el recargo del 30% y lo adeudado.

    Recibes: Demanda ingresada y causa con RIT.
  4. 04

    Audiencia preparatoria. Negociamos la conciliación: muchos casos se cierran aquí con un buen acuerdo.

    Recibes: Propuesta de acuerdo evaluada contigo.
  5. 05

    Si no hay acuerdo, vamos a la audiencia de juicio y buscamos la sentencia que declare el despido injustificado.

    Recibes: Sentencia + cobro de lo ordenado.
Empezamos por el paso 1Sin compromiso. Evaluamos tu caso antes de que decidas.
Bloque 06 · Carpeta del caso

Qué necesitamos para revisar tu caso

Estos antecedentes nos permiten saber si la causal fue bien aplicada. Si te falta alguno, igual escríbenos: varios los podemos pedir nosotros.

Checklist · entrega previaOpcional
  • Carta de despido o aviso de término de contrato
  • Finiquito, firmado o sin firmar
  • Contrato de trabajo y anexos
  • Últimas 3 liquidaciones de sueldo
  • Certificado de cotizaciones de tu AFP
  • Cualquier indicio de que la empresa siguió contratando o no estaba en crisis

No necesitas tener todo para escribirnos. Con la carta de despido y el finiquito ya podemos darte un primer diagnóstico.

Quién lleva tu caso

Alfonso Araya Campusano — Abogado · Derecho laboral
Lleva tu caso
Alfonso Araya Campusano
Abogado · Derecho laboral

Abogado laboralista con práctica constante en el Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó. Lleva despidos injustificados, nulidad del despido, tutela laboral y cobro de finiquitos mal liquidados.

Caso emblemático

Su trabajo parte por desarmar la causal que invocó el empleador y por fijar la prueba —correos, testigos, registros de asistencia— que decide el juicio.

Estrategia probatoria · gestión judicial

Tu caso se apoya en un equipo que reúne testigos, correos y registros de asistencia — la prueba que decide si la causal del empleador se sostiene o se cae en audiencia.

Escribirle por WhatsAppConversación bajo secreto profesional
1 / 2
Bloque 08 · Expedientes cerrados

Resultados reales en Copiapó

Selección anonimizada de casos cerrados. Datos modificados para proteger la confidencialidad de cada cliente. Resultados reales.

Necesidades de la empresa · minería

Juzgado de Letras del Trabajo Copiapó

Resultado

Despido declarado injustificado + recargo 30%

Ejemplo

Necesidades de la empresa · comercio

Juzgado de Letras del Trabajo Copiapó

Resultado

Conciliación con pago íntegro y recargo

Ejemplo

Aviso previo mal pagado · servicios

Juzgado de Letras del Trabajo Copiapó

Resultado

Pago del mes sustitutivo + diferencias

Ejemplo

Necesidades de la empresa + nulidad · transporte

Juzgado de Letras del Trabajo Copiapó

Resultado

Recargo 30% + remuneraciones por nulidad

Ejemplo

* Datos modificados o anonimizados para proteger la confidencialidad de cada cliente. Las cifras y resultados son reales.

Bloque 09 · Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre este despido

Si tu caso no aparece aquí, escríbenos por WhatsApp y te respondemos hoy mismo.

  • Sí, si crees que la causal no es real. Tienes 60 días hábiles desde el despido para demandar ante el Juzgado de Letras del Trabajo. Si el tribunal declara que la causal fue injustificada —porque la empresa no estaba en crisis, porque te reemplazaron o porque fue una represalia—, ordena pagar la indemnización por años de servicio con un recargo del 30%.

  • Siempre tienes derecho a la indemnización por años de servicio: un mes de remuneración por cada año trabajado, con tope de 11 años y de 90 UF de remuneración mensual. Si no te avisaron con 30 días de anticipación, además te corresponde un mes sustitutivo del aviso previo. Y si la causal se declara injustificada, se suma el recargo del 30%.

  • El empleador debe avisar el despido por escrito con 30 días de anticipación. Si no lo hace, igual puede despedirte, pero debe pagarte un mes de remuneración como indemnización sustitutiva del aviso previo. Una copia del aviso debe enviarse a la Inspección del Trabajo. Si esto no se cumplió, lo reclamamos.

  • Es uno de los indicios más fuertes de que la causal era falsa. Si la empresa invocó "necesidades" pero poco después contrató a otra persona para tu mismo cargo, el despido difícilmente se sostiene. Reunimos esa prueba —avisos de empleo, organigramas, testigos— para demostrar que no había una necesidad real.

  • No antes de revisarlo. El finiquito por necesidades de la empresa debe incluir bien calculados el aviso previo, los años de servicio, el feriado proporcional y los topes legales. Si firmas sin reserva, puedes perder la opción de reclamar diferencias. Tráenoslo: lo revisamos sin compromiso y te decimos si conviene firmar, firmar con reserva o demandar.

  • Trabajamos con cuota fija (un monto cerrado pactado por escrito al inicio) o cuota litis (un porcentaje sobre lo que recuperes, sin pagos por adelantado). En la primera evaluación, que es sin compromiso, revisamos tu carta de despido y tu finiquito y te decimos cuál modalidad te conviene.

Bloque 10 · Hablemos ahora

Revisemos tu despido
antes de que pase el plazo

Tienes 60 días hábiles para demandar. Revisamos tu carta de despido y tu finiquito sin compromiso y te decimos si la causal se sostiene.

Tu consulta es reservada. Puedes escribirnos sin compromiso para una primera evaluación.
No es un favor.
Es tu derecho.
— Mantra del estudio · Defensa & Justicia