Te despidieron hace poco
Te entregaron el finiquito y sospechas que no estaban tus cotizaciones al día. Los 60 días hábiles para demandar ya empezaron a correr.
Revisar mi caso ahoraSi te despidieron y el empleador no tenía tus cotizaciones de AFP, salud y seguro de cesantía pagadas, ese despido no produce efecto: tu remuneración se sigue devengando mes a mes hasta que pague todo lo adeudado. Es la Ley Bustos, y suele significar varios sueldos adicionales.
Revisamos tu finiquito y tu cartola previsional, y te decimos en 24 horas cuánto te corresponde realmente.
La nulidad del despido —conocida como Ley Bustos— es la sanción del artículo 162 del Código del Trabajo cuando el empleador despide a un trabajador sin tener pagadas sus cotizaciones previsionales. El despido no pone término real al contrato: el empleador debe seguir pagando la remuneración desde la separación hasta que acredite el pago íntegro de lo adeudado y lo comunique por carta certificada (la "convalidación").
La nulidad del despido se trabaja distinto según en qué punto estás. Elige el que mejor te describe y te escribimos por WhatsApp con un mensaje listo.
Te entregaron el finiquito y sospechas que no estaban tus cotizaciones al día. Los 60 días hábiles para demandar ya empezaron a correr.
Revisar mi caso ahoraTienes dudas sobre tu cartola de AFP o tu finiquito. Revisamos tus documentos y te decimos si procede la nulidad antes de demandar.
Quiero que revisen mis papelesCrees que el despido además fue injustificado. La nulidad y el despido injustificado se demandan juntos, en el mismo escrito.
Ver Despido injustificadoConsultar mi despidoEn la nulidad del despido el tiempo juega a tu favor —tu sueldo se acumula— pero el plazo para demandar es estricto. Estas son las fechas que definen el caso.
Desde la fecha del despido
Plazo para demandar ante el Juzgado de Letras del Trabajo. La nulidad se pide en el mismo escrito que el despido.
Presentamos la demanda dentro del plazo y solicitamos la nulidad junto con las indemnizaciones.
Remuneración que se sigue devengando
Mientras el empleador no pague las cotizaciones y te avise por carta certificada, tu remuneración se sigue acumulando.
Calculamos lo acumulado mes a mes y lo cobramos completo en el juicio.
Desde el término de los servicios
La jurisprudencia de la Corte Suprema ha fijado en torno a 6 meses el tope de las remuneraciones cobrables por nulidad.
Demandamos sin demora para asegurar el período máximo a tu favor.
Para reclamar en la Inspección
El reclamo administrativo en la Inspección del Trabajo suspende el plazo de 60 días, con tope total de 90 días hábiles.
Usamos el reclamo como estrategia cuando conviene, sin perder el plazo judicial.
Duración del juicio laboral
Desde la demanda hasta la sentencia. La conciliación en la audiencia preparatoria resuelve buena parte de los casos.
Buscamos un acuerdo que pague la nulidad completa o llevamos el juicio a sentencia.
No es solo la indemnización del despido. Cuando hay cotizaciones impagas, lo recuperable se multiplica. Estas cifras son referenciales: dependen de tu sueldo y antigüedad.
Plazos del Código del Trabajo (DFL 1, 2002). Los días hábiles laborales excluyen sábados, domingos y festivos. Las cifras son referenciales; cada caso puede tener prórrogas, suspensiones o topes que las modifican.
Cinco pasos, sin tecnicismos. Sabes qué pasa, qué necesitamos de ti y qué obtienes al final de cada etapa.
Recibimos tu WhatsApp, revisamos tu finiquito y tu cartola previsional, y te decimos si procede la nulidad. Sin costo.
Pedimos tu certificado de cotizaciones a la AFP e Isapre/Fonasa y reconstruimos exactamente qué te deben.
Presentamos la demanda en el Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, con la nulidad y las indemnizaciones.
Audiencia preparatoria. Negociamos la conciliación: muchas nulidades se cierran aquí con un buen acuerdo.
Si no hay acuerdo, vamos a la audiencia de juicio. Buscamos la sentencia que pague la nulidad completa.
Estos antecedentes nos permiten calcular cuánto te deben. Si te falta alguno, igual escríbenos: varios los podemos pedir nosotros.
La cartola de cotizaciones es la prueba clave: se obtiene gratis en tu AFP o en ChileAtiende. Si no la tienes, te orientamos para conseguirla.

Abogado laboralista con práctica constante en el Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó. Lleva despidos injustificados, nulidad del despido, tutela laboral y cobro de finiquitos mal liquidados.
Su trabajo parte por desarmar la causal que invocó el empleador y por fijar la prueba —correos, testigos, registros de asistencia— que decide el juicio.
Tu caso se apoya en un equipo que reúne testigos, correos y registros de asistencia — la prueba que decide si la causal del empleador se sostiene o se cae en audiencia.
Selección anonimizada de casos cerrados. Datos modificados para proteger la confidencialidad de cada cliente. Resultados reales.
Juzgado de Letras del Trabajo Copiapó
6 meses de remuneraciones + cotizaciones pagadas
Juzgado de Letras del Trabajo Copiapó
Conciliación con recargo y nulidad completa
Juzgado de Letras del Trabajo Copiapó
Sentencia favorable · pago íntegro
Juzgado de Letras del Trabajo Copiapó
Cotizaciones de 14 meses enteradas en la AFP
* Datos modificados o anonimizados para proteger la confidencialidad de cada cliente. Las cifras y resultados son reales.
Si tu caso no aparece aquí, escríbenos por WhatsApp y te respondemos hoy mismo.
Tienes 60 días hábiles desde la fecha del despido para demandar ante el Juzgado de Letras del Trabajo. Es importante aclararlo: el plazo no es de 6 meses, como a veces se cree. Los 6 meses son otra cosa —el tope que la jurisprudencia ha fijado para las remuneraciones que se cobran por nulidad—. Si reclamas antes en la Inspección del Trabajo, el plazo se suspende, con un tope total de 90 días hábiles.
Si al momento del despido tus cotizaciones de AFP, salud o seguro de cesantía no estaban pagadas, el despido no produce el efecto de terminar tu contrato. Tu remuneración se sigue devengando mes a mes hasta que el empleador pague íntegramente lo adeudado y te lo comunique por carta certificada. En la práctica, suele significar varios sueldos adicionales.
Hasta la "convalidación" del despido: el momento en que el empleador acredita el pago total de las cotizaciones adeudadas y te envía la carta certificada que lo informa. La Corte Suprema ha fijado en su jurisprudencia un tope cercano a los 6 meses de remuneraciones por este concepto. Por eso conviene demandar pronto: el período se cuenta a tu favor.
Firmar el finiquito no siempre cierra la puerta. Si el finiquito no menciona las cotizaciones impagas, o si firmaste con una reserva de derechos, o si el documento tiene vicios, todavía puedes reclamar. Tráenos el finiquito tal como está: lo revisamos sin compromiso y te decimos qué acciones siguen disponibles.
Trabajamos con dos modalidades, y elegimos contigo la que te convenga: cuota fija (un monto cerrado pactado por escrito al inicio) o cuota litis (un porcentaje sobre lo que efectivamente recuperes, sin pagos por adelantado). La primera evaluación, donde revisamos tu finiquito y tu cartola, es siempre sin compromiso.
A las audiencias sí debes asistir, porque es habitual que el juez quiera oír tu declaración, pero te preparamos para cada una y te acompañamos. El resto del trámite —escritos, notificaciones, gestiones— lo hacemos nosotros. Las reuniones previas pueden ser por videollamada o presenciales en Mackenna #254, Copiapó.
Sirve, y mucho: el reclamo en la Inspección suspende el plazo de 60 días y deja constancia de los hechos. Pero la Inspección no ordena el pago de la nulidad ni de las indemnizaciones: eso solo lo hace el Juzgado de Letras del Trabajo. Lo ideal es usar el reclamo como antecedente y demandar dentro de plazo.
Mientras antes demandes, más meses de remuneración se acumulan a tu favor. Revisamos tu finiquito y tu cartola previsional sin compromiso.