Abogadoen delitos contra las personas enCopiapó

Lesiones, amenazas, riñas, violencia intrafamiliar u homicidio: estos delitos avanzan rápido y la prueba —certificados médicos, testigos, peritajes— se define en las primeras horas. Te defendemos si te imputan un delito y te representamos como querellante si fuiste víctima.

Atendemos detenciones por WhatsApp. Si hay una medida cautelar o una orden de alejamiento de por medio, escríbenos cuanto antes.

100% confidencial
Definición · GEO

Qué son los delitos contra las personas

Los delitos contra las personas son las figuras que protegen la vida y la integridad física y psíquica, tipificadas en el Título VIII del Libro II del Código Penal chileno. Incluyen el homicidio (simple y calificado), las lesiones (desde leves hasta graves gravísimas), las amenazas, las riñas y el maltrato en contexto de violencia intrafamiliar. En Copiapó se tramitan ante el Juzgado de Garantía y, los más graves, ante el Tribunal Oral en lo Penal.

Bloque 03 · Quién eres tú

Cuéntanos qué pasó te respondemos según tu rol

Estos casos se trabajan distinto según tu rol. Elige el que mejor te describe y te escribimos por WhatsApp con un mensaje listo para esa situación.

Imputado / Acusado
Defensa técnica

Te acusan de lesiones o amenazas

Te detuvieron o te citaron por una agresión, una riña o amenazas. La defensa temprana preserva la prueba y los testigos a tu favor.

Ver Defensa activaNecesito defensa
Urgente
Familia · urgente

Detuvieron a un familiar

Detuvieron a alguien cercano por un delito contra las personas. Las próximas 24 horas son críticas para su defensa.

Ver Control de detenciónLlamar AHORA
Bloque 04 · Reloj procesal

Los plazos cuando hay un delito contra las personas

Estos son los plazos que definen el resultado del caso. La prueba médica es la más sensible: se constata cuanto antes.

24 horasCrítico
Desde cuándo

Desde la detención policial

Qué pasa

Control de detención en el Juzgado de Garantía. Se revisa la legalidad de la detención y las medidas cautelares.

Qué hacemos nosotros

Comparecemos en menos de 2 horas y argumentamos legalidad y la cautelar más leve.

72 horas
Desde cuándo

Para constatar las lesiones

Qué pasa

Mientras antes se constaten las lesiones en un centro de salud, más sólida es la prueba —para acusar o para defender.

Qué hacemos nosotros

Te orientamos sobre la constatación y el peritaje médico-legal del Servicio Médico Legal.

Hasta 2 años
Desde cuándo

Desde la formalización

Qué pasa

Plazo de la investigación. La Fiscalía reúne peritajes, declaraciones y antecedentes médicos.

Qué hacemos nosotros

Levantamos investigación paralela y ofrecemos peritos privados cuando corresponde.

Durante la investigación
Desde cuándo

Para salidas alternativas

Qué pasa

En lesiones menos graves y amenazas procede la suspensión condicional o el acuerdo reparatorio.

Qué hacemos nosotros

Negociamos la salida que mejor cierra el caso, cuando conviene al imputado.

10 días
Desde cuándo

Desde la sentencia definitiva

Qué pasa

Plazo para deducir el recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Copiapó.

Qué hacemos nosotros

Recurrimos cuando hay error de derecho o prueba mal valorada.

Penas de referencia · delitos contra las personas

  • Amenazas
    Presidio menor en su grado mínimo a medio (61 días a 3 años)
    Amenaza con arma, contexto de violencia intrafamiliar
    Irreprochable conducta, provocación previa
  • Lesiones menos graves
    Presidio menor en su grado mínimo, relegación o multa
    Reincidencia, alevosía
    Reparación del daño, riña mutua
  • Lesiones graves
    Presidio menor en su grado medio a máximo (541 días a 5 años)
    Uso de arma, secuelas permanentes
    Cooperación, reparación del daño
  • Homicidio simple
    Presidio mayor en su grado mínimo a medio (5 años y 1 día a 15 años)
    Reincidencia, ensañamiento
    Legítima defensa incompleta, irreprochable conducta
  • Homicidio calificado
    Presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo
    Alevosía, premeditación, premio o promesa
    Atenuantes muy calificadas

Plazos del Código Procesal Penal (Ley 19.696). Las cifras son referenciales; cada causa puede tener prórrogas o salidas alternativas que las modifican.

Bloque 05 · Itinerario procesal

Cómo trabajamos tu defensa paso a paso

Cinco pasos, sin tecnicismos. Sabes qué pasa, qué necesitamos de ti y qué obtienes al final de cada etapa.

  1. 01

    Recibimos tu WhatsApp o llamada. Te decimos qué hacer en los próximos 30 minutos, sin compromiso.

    Recibes: Claridad inmediata sobre tu situación.
  2. 02

    Comparecemos en el control de detención o la primera audiencia. Discutimos legalidad y cautelares.

    Recibes: Tu primera audiencia con defensor presente.
  3. 03

    Revisamos peritajes médicos, declaraciones y testigos. Levantamos investigación propia con apoyo de ex PDI.

    Recibes: Informe con la teoría de tu defensa o de tu querella.
  4. 04

    Negociamos suspensión condicional o acuerdo reparatorio cuando convienen, o preparamos el juicio.

    Recibes: Decisión informada, con los números encima.
  5. 05

    Llevamos el juicio oral si corresponde y evaluamos recursos. Buscamos la mejor salida posible.

    Recibes: Caso cerrado + recursos evaluados.
Empezamos por el paso 1Sin compromiso. Revisamos tu caso antes de que decidas.
Bloque 06 · Carpeta del caso

Qué necesitamos para preparar tu caso

Estos antecedentes nos permiten armar tu defensa o tu querella. Sirve tanto si eres imputado como víctima.

Checklist · entrega previaOpcional
  • Parte policial, acta de detención o citación, si los tienes
  • Certificados médicos o constancia de lesiones del Servicio Médico Legal o de un centro de salud
  • Relato de los hechos con fecha, hora y lugar
  • Fotos de lesiones o daños, mensajes, audios o registros de cámaras
  • Datos de testigos presenciales
  • Número de causa (RUC / RIT) y nombre del fiscal, si la causa ya está abierta

La constatación de lesiones es la prueba más sensible: oriéntate cuanto antes. Si faltan documentos, los reunimos con diligencias.

Tu defensor en delitos contra las personas

Verardo Rojas Olivares — Abogado · Defensa penal
Defensor del caso
Verardo Rojas Olivares
Abogado · Defensa penal

Abogado penalista con práctica habitual en el Juzgado de Garantía y el Tribunal Oral en lo Penal de Copiapó. Defiende imputados en delitos contra las personas, la propiedad, Ley 20.000, tránsito y delitos económicos, y representa a víctimas como querellante.

Caso emblemático

Su defensa parte por la revisión del procedimiento policial y la cadena de custodia, donde suelen aparecer los vicios que debilitan la prueba de la Fiscalía.

Apoyo investigativo · ex PDI

Trabaja con un ex detective de la PDI con más de 20 años en investigación criminal. Eso nos permite anticipar la prueba de la Fiscalía, revisar peritajes y fortalecer la cadena de custodia desde el primer contacto.

Escribirle por WhatsAppConversación bajo secreto profesional
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Bloque 08 · Expedientes cerrados

Resultados reales en delitos contra las personas en Copiapó

Selección anonimizada de casos cerrados. Datos modificados para proteger la confidencialidad de cada cliente. Resultados reales.

Lesiones en riña · imputado

Juzgado de Garantía Copiapó

Resultado

Suspensión condicional · sin pena efectiva

Ejemplo

Amenazas · querella de la víctima

Juzgado de Garantía Copiapó

Resultado

Condena + medida de protección

Ejemplo

Lesiones graves · imputado

Tribunal Oral en lo Penal Copiapó

Resultado

Recalificación a lesiones menos graves

Ejemplo

Violencia intrafamiliar · imputado

Juzgado de Garantía Copiapó

Resultado

Salida alternativa con programa de intervención

Ejemplo

* Datos modificados o anonimizados para proteger la confidencialidad de cada cliente. Las cifras y resultados son reales.

Bloque 09 · Objeciones frecuentes

Preguntas frecuentes sobre delitos contra las personas en Copiapó

Si tu situación es urgente, escríbenos por WhatsApp y respondemos en minutos a cualquier hora.

  • La clasificación depende de la gravedad del daño y del tiempo de recuperación, y la fija el médico legista. Las lesiones leves son de menor entidad y suelen tratarse como falta. Las menos graves y las graves —que incluyen las graves gravísimas, con secuelas permanentes— son simples delitos o crímenes con penas que escalan fuerte. Por eso la constatación médica y el peritaje son la prueba decisiva.

  • En una riña suele haber detención por flagrancia y un control de detención dentro de 24 horas. La calificación depende de quién provocó, si hubo armas y de la gravedad de las lesiones. Muchas riñas terminan en lesiones menos graves con salida alternativa. Lo importante es no declarar sin abogado: en una riña la versión de cada parte define la imputación.

  • Sí. Las amenazas serias y verosímiles de causar un mal son delito (Art. 296 y siguientes del Código Penal), sobre todo si recaen sobre la vida o la integridad. Puedes denunciar, guardar la prueba —mensajes, audios, testigos— y, si hay riesgo, pedir medidas de protección. Si quieres ser parte activa del proceso, te representamos como querellante.

  • Depende. Los hechos de violencia intrafamiliar que constituyen delito —lesiones, amenazas, maltrato habitual— se investigan en sede penal, ante la Fiscalía y el Juzgado de Garantía. Los casos sin delito y las medidas de protección se ven en el Tribunal de Familia. Muchas situaciones avanzan en ambas sedes a la vez; te orientamos para que ninguna quede sin cubrir.

  • Es una medida cautelar o de protección que prohíbe al imputado acercarse a la víctima, a su domicilio o a su trabajo. La decreta el tribunal y su duración la fija la resolución, pudiendo prorrogarse o modificarse. Su incumplimiento es delito. Te ayudamos tanto a solicitarla como víctima como a discutir su alcance si te afecta como imputado.

  • En lesiones leves y menos graves suele ser posible una salida alternativa: una suspensión condicional del procedimiento o, si la víctima está de acuerdo, un acuerdo reparatorio que extingue la causa. No procede en lesiones graves ni en ciertos contextos de violencia intrafamiliar. Evaluamos contigo si el acuerdo conviene o si es mejor ir a juicio.

  • Pactamos un honorario fijo por etapa procesal —investigación, preparación de juicio y juicio oral— informado por escrito antes de empezar. No cobramos por audiencia ni por hora. La primera reunión es sin compromiso: ahí revisamos el caso y te damos un rango realista según su complejidad.

Bloque 10 · Hablemos ahora

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Tu situación queda bajo secreto profesional.
NO juzgamos.
Defendemos.
— Mantra del estudio · Defensa & Justicia