Te formalizaron como funcionario
Te imputan cohecho, malversación o fraude al fisco. Hay una defensa técnica que separa la responsabilidad penal de la administrativa.
Necesito defensaCohecho, malversación de caudales públicos, fraude al fisco o negociación incompatible: una imputación por un delito funcionario combina responsabilidad penal y administrativa, y arriesga la inhabilitación para ejercer cargos públicos. Es una defensa que se planifica con tiempo y reserva.
Si te citaron a declarar a la Fiscalía o a la Contraloría, lo que digas sin abogado puede usarse en tu contra. Conviene preparar esa declaración.
Los delitos contra la función pública son las figuras del Código Penal cometidas por —o en contra de— empleados públicos (definidos en el art. 260 CP). Incluyen el cohecho (arts. 248 a 251), la malversación de caudales públicos (arts. 233 y siguientes), el fraude al fisco (art. 239), la negociación incompatible (art. 240) y la prevaricación. La investigación la lleva el Ministerio Público, con apoyo de la Contraloría, y las penas suelen incluir la inhabilitación para cargos públicos.
Una imputación funcionaria se aborda distinto según tu rol. Elige el que mejor te describe y te escribimos por WhatsApp con un mensaje listo para ese caso.
Te imputan cohecho, malversación o fraude al fisco. Hay una defensa técnica que separa la responsabilidad penal de la administrativa.
Necesito defensaTe citaron a la Fiscalía o a la Contraloría como testigo o sospechoso. Lo que digas sin abogado puede usarse en tu contra.
Ver Resguardo de derechosPreparar mi declaraciónNo eres funcionario, pero te imputan cohecho activo o tráfico de influencias. Hay una defensa específica para no-funcionarios.
Consultar mi casoEstos son los momentos que definen el resultado. El primero —tu declaración— es el más decisivo.
Citación de la Fiscalía o la Contraloría
La calidad de imputado se configura desde la primera actuación. Lo que declares sin defensa puede marcar todo el caso.
Preparamos tu declaración y te acompañamos: nunca declaras solo.
Si llega a haber detención
Aunque es menos frecuente en delitos funcionarios, si hay detención el control se realiza dentro de 24 horas.
Comparecemos en el control de detención si llega a ocurrir.
Desde la formalización
La Fiscalía, con apoyo de la Contraloría, reúne informes contables, peritajes y documentos públicos.
Solicitamos diligencias y peritajes propios; controlamos la prueba documental.
En sede administrativa
En paralelo puede correr un sumario administrativo. Son procesos distintos, con efectos distintos.
Coordinamos la defensa penal y la administrativa para que no se contradigan.
Desde la sentencia definitiva
Plazo para deducir el recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Copiapó.
Recurrimos cuando hay error de derecho o prueba mal valorada.
Plazos del Código Procesal Penal (Ley 19.696). Las cifras son referenciales; cada causa puede tener prórrogas o salidas alternativas que las modifican.
Cinco pasos, con la calma y la reserva que un caso funcionario exige. Sabes qué pasa y qué obtienes en cada etapa.
Analizamos en reserva los hechos, las actuaciones y tu situación funcionaria. Sin urgencias mal aconsejadas.
Preparamos tu declaración ante la Fiscalía o la Contraloría y te acompañamos a la diligencia.
Revisamos informes contables, peritajes y documentos públicos. Solicitamos las diligencias que faltan.
Litigamos las cautelares y negociamos salidas cuando convienen, separando lo penal de lo administrativo.
Llevamos el juicio si corresponde y evaluamos recursos. Cuidamos el efecto sobre tu carrera funcionaria.
Estos antecedentes nos permiten dimensionar el caso. Toda la revisión es estrictamente confidencial.
Toda la revisión es estrictamente confidencial. Si no tienes los documentos, definimos cómo obtenerlos sin exponer tu posición.

Abogado penalista con práctica habitual en el Juzgado de Garantía y el Tribunal Oral en lo Penal de Copiapó. Defiende imputados en delitos contra las personas, la propiedad, Ley 20.000, tránsito y delitos económicos, y representa a víctimas como querellante.
Su defensa parte por la revisión del procedimiento policial y la cadena de custodia, donde suelen aparecer los vicios que debilitan la prueba de la Fiscalía.
Trabaja con un ex detective de la PDI con más de 20 años en investigación criminal. Eso nos permite anticipar la prueba de la Fiscalía, revisar peritajes y fortalecer la cadena de custodia desde el primer contacto.
Selección anonimizada de casos cerrados. Datos modificados para proteger la confidencialidad de cada cliente. Resultados reales.
Juzgado de Garantía Copiapó
Sobreseimiento definitivo
Juzgado de Garantía Copiapó
Suspensión condicional · sin condena
Tribunal Oral en lo Penal Copiapó
Absolución por prueba insuficiente
Juzgado de Garantía Copiapó
Recalificación · pena rebajada
* Datos modificados o anonimizados para proteger la confidencialidad de cada cliente. Las cifras y resultados son reales.
Si recibiste una citación o una formalización, escríbenos por WhatsApp para una primera evaluación reservada.
El Código Penal tiene una definición amplia en su art. 260: empleado público es todo el que desempeña un cargo o función pública, sea en la administración central, municipios, empresas del Estado u organismos creados por ley, tenga o no nombramiento formal y reciba o no remuneración. Esa definición penal es más amplia que la del Estatuto Administrativo, y por eso muchas personas no saben que están alcanzadas por estos delitos.
La formalización por sí sola no te destituye: eso depende del sumario administrativo, que es un proceso distinto. Sí puede dictarse una medida cautelar —como la suspensión del cargo— durante la investigación. Parte de la defensa es discutir esas medidas y coordinar lo penal con lo administrativo para proteger, en lo posible, tu continuidad laboral.
Son procesos paralelos e independientes. El sumario administrativo lo lleva tu institución o la Contraloría y puede terminar en sanciones como la destitución. El proceso penal lo lleva el Ministerio Público ante los tribunales y puede terminar en una pena. Pueden tener resultados distintos sobre los mismos hechos, así que la defensa debe trabajarse en ambas sedes a la vez.
La inhabilitación para ejercer cargos públicos es una pena: se aplica con la sentencia condenatoria firme, no con la sola formalización. Durante la investigación, en cambio, sí pueden decretarse medidas cautelares que afecten temporalmente el ejercicio del cargo. Distinguir ambos momentos es importante para no asumir consecuencias antes de tiempo.
El Consejo de Defensa del Estado puede ejercer acciones penales para defender el patrimonio fiscal, y la Contraloría puede formular cargos en sede administrativa y poner antecedentes en conocimiento del Ministerio Público. En la práctica, una causa por delito funcionario suele tener al Estado como parte interesada, lo que hace aún más necesaria una defensa técnica sólida.
Puede aplicar, dependiendo de la figura concreta, de la pena en abstracto y de tus antecedentes. En algunas malversaciones y negociaciones incompatibles, el reintegro de los fondos y la irreprochable conducta abren esa puerta. En las figuras más graves es más difícil. Evaluamos en tu caso si es una salida realista o si conviene discutir la prueba en juicio.
Sí. Un particular puede ser imputado, por ejemplo, por cohecho activo —ofrecer o dar un beneficio a un funcionario— o por tráfico de influencias. La defensa de un no-funcionario tiene matices propios: tu posición y tus deberes no son los de un empleado público, y eso se hace valer. Te defendemos con una estrategia específica para ese rol.
Una defensa por un delito funcionario se planifica con tiempo y discreción. Agenda una primera reunión confidencial con el estudio.